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Derechos de los consumidores

El SERNAC explica que en el mercado inmobiliario, la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) establece una serie de derechos, entre ellos:

  • Que se cumpla al pie de la letra todo lo prometido, por ejemplo, con los plazos de entrega y las características de la vivienda, así como las promociones, ofertas y los stocks informados de vivienda disponible a la venta.
  • Recibir información veraz y oportuna. Esto significa que las empresas no debe omitir ningún aspecto relevante, antes, durante y después de la compra. Por ejemplo, la eventual construcción de una autopista a futuro, posibles accesos a estaciones de metro o acceso a centros comerciales.
  • El consumidor tiene derecho a conocer el precio final, con todos los cargos incluidos.
  • Lo que la inmobiliaria promete en su publicidad, se entiende incorporado al contrato de compra-venta. Por ejemplo, si la empresa promete determinados metros cuadrados, áreas verdes, sala de eventos, piscina, seguridad u otras características como el tamaño, o incluso determinada «vista», es eso lo que el consumidor tiene derecho a recibir.

Cuando las inmobiliarias no cumplen la ley, los consumidores tienen derecho a reclamar y exigir las compensaciones que correspondan. Asimismo, la normativa especial que rige este mercado, denominada Ley de Calidad de la Vivienda (https://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/calidad-de-la-construccion) establece, entre otros aspectos, los plazos en que las empresas deben responder cuando se producen problemas:

Durante los primeros 3 años

  • Terminaciones: Fallas o defectos en elementos, terminaciones o acabado de las obras, tales como cielos, pisos, puertas, revestimientos y pinturas exteriores e interiores, barnices, alfombras, cerámicos, quincallería, muebles adosados o empotrados a la construcción. Es importante también que al momento de recibir tu casa o departamento leas detenidamente el manual entrega la inmobiliaria, para que así, puedas tener mayores detalles de las garantías y plazos recomendados de mantenciones.

Durante los primeros 5 años

  • Instalaciones: En este periodo tu vivienda tiene garantía, frente a fallas o defectos constructivos o de instalaciones, como cubiertas de techumbres, ventanas, estructuras no soportables de muro y cielo, pavimentos, bases de piso, impermeabilizaciones, aislamiento térmico y acústico, instalaciones eléctricas, de calefacción, climatización, gas, sanitarias, equipos eléctricos mayores como ascensores y grupos electrógenos, entre otros.

Durante los primeros 10 años

  • Estructurales: Por este tiempo quedan cubiertas, las fallas de estructura, como techumbres, cadenas, pilares, cimientos, losas y vigas, entre otras

Para hacer efectivo el reclamo, es ideal que cuente con un respaldo físico o digital del mismo para en casos necesarios tomar acciones legales o presentarlo ante SERNAC, para ello, a través de www.postventa.cl tanto el cliente como la inmobiliaria se pueden comunicar de forma eficiente y atender los problemas que pueden presentarse en un inmueble dejando respaldos para ambas partes.

Dato importante

Los plazos de prescripción se contarán desde la fecha de la recepción definitiva de la obra, por parte de la Dirección de Obras Municipal (DOM), con excepción del las garantías de los tres años, que es a partir de la fecha de inscripción del inmueble en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) a nombre del comprador.